lunes, noviembre 11, 2024

Cómo reducir su fianza en Filadelfia, PA



La Constitución de Pensilvania establece que todos los acusados ​​tienen derecho a libertad bajo fianza con excepción de los acusados ​​de homicidio. Debido a que el homicidio puede ser un delito capital o conllevar una pena de cadena perpetua obligatoria, los acusados ​​de homicidio no tienen derecho a libertad bajo fianza.

Además, un tribunal puede denegar la libertad bajo fianza o revocarla posteriormente si la fiscalía puede demostrar que “ninguna condición o combinación de condiciones distintas del encarcelamiento garantizará razonablemente la seguridad de cualquier persona y de la comunidad cuando la prueba sea evidente o la presunción grande”. Si se revoca o deniega la fianza, entonces el acusado no puede ser puesto en libertad hasta que el caso se haya resuelto o un juez reconsidere el fallo, sin importar cuánto pueda pagar el acusado. Sin embargo, en algunos casos, es posible pedirle a un juez que reconsidere una decisión de revocar o denegar la fianza.

¿Cuánto de la fianza tengo que pagar?

En la mayoría de los casos, el acusado debe pagar el 10% del importe de la fianza. Por ejemplo, si la fianza del acusado se fija en 50.000 dólares, normalmente se le exigirá que pague 5.000 dólares. Si la fianza se fija en $50,000 SOB, entonces el acusado no tendría que pagar nada. Si el acusado tiene algo de dinero pero no puede llegar al 10%, entonces es posible contratar a un fiador. El fiador generalmente cobrará algo menos del 10% por adelantado para pagar la fianza, pero se quedará con un porcentaje mayor a largo plazo. El fiador también podría exigir más del 10% pero permitir pagos mensuales para que sea más asequible. En Filadelfia, el tribunal devolverá casi todo el dinero 35 días después de que se resuelva el caso.

¿Qué es una moción 600(B) o una moción de juicio rápido? ¿Cuánto tiempo puede permanecer detenido un acusado antes del juicio si no puede pagar la fianza?

Si el Tribunal Municipal y los jueces de causas comunes rechazan las mociones de libertad bajo fianza regulares, hay una moción más que se puede presentar después de que el acusado haya estado detenido durante 180 días y que no se deba a solicitudes de aplazamiento de la defensa. Si el acusado ha estado detenido durante 180 días, entonces la defensa puede presentar una moción conforme a la Regla de Procedimiento Penal de Pensilvania 600(B). La Regla 600(B) establece:

(B) ENCARCELACIÓN PREVIA AL JUICIO

Excepto en los casos en que el acusado no tenga derecho a la libertad bajo fianza según lo dispuesto por la ley, ningún acusado será mantenido en prisión preventiva por más de

(1) 180 días a partir de la fecha en que se presenta la denuncia; o

(2) 180 días a partir de la fecha en que se presenta la orden que transfiere un caso judicial del tribunal de menores a la sala de juicio o penal; o

(3) 180 días a partir de la fecha en que se presenta la orden que pone fin a la participación del acusado en el programa ARD de conformidad con la Regla 318; o

(4) 120 días contados a partir de la fecha en que se presente la orden del tribunal de instancia concediendo un nuevo juicio cuando no se haya perfeccionado el recurso de apelación; o

(5) 120 días a partir de la fecha de la notificación escrita del tribunal de apelaciones a las partes de que se devolvió el expediente.

Esto significa que el tribunal debe fijar una fianza nominal y liberar al acusado si no puede pagar la fianza después de 180 días. El tribunal puede imponer varias condiciones, como arresto domiciliario con vigilancia electrónica y presentación de informes a un funcionario del tribunal de instrucción, pero se supone que el tribunal permitirá que el acusado salga de la cárcel en espera del juicio después de seis meses.

En los casos en que el Tribunal concede la moción 600(B), es muy común que la fiscalía luego proceda a revocar la fianza y argumente que el acusado representa tal peligro para la comunidad o tal riesgo de fuga que se debe revocar la fianza. En ese caso, el juez tendrá que decidir, basándose en la naturaleza de las acusaciones y los antecedentes del acusado, si éste debe ser puesto en libertad bajo fianza nominal o si se debe revocar la fianza del acusado. A menos que las acusaciones sean particularmente horribles o que el acusado tenga antecedentes penales extremadamente extensos, la mayoría de los jueces concederán la moción 600(B) y pondrán al acusado en arresto domiciliario. En el reciente caso de Commonwealth contra Talley, la Corte Suprema de Pensilvania ordenó a los jueces de primera instancia que tomaran esta regla muy en serio y sostuvo que el Commonwealth debe asumir una carga pesada y presentar pruebas reales en una audiencia sobre una moción para revocar la fianza para poder revocar adecuadamente la fianza del acusado. Por lo tanto, es extremadamente importante presentar la moción 600(B) lo antes posible, ya que cada día después de esa fecha es tiempo que el acusado no tendrá que pasar bajo custodia.

¿Puedo apelar una sentencia de fianza?

Sí, se puede apelar el fallo de un juez sobre una moción para reducir la fianza. En primer lugar, el fallo del magistrado de fianzas en la instrucción de cargos puede ser apelado ante el juez de emergencia del Tribunal Municipal de guardia. Incluso si la lectura de cargos preliminar se lleva a cabo en medio de la noche, el abogado defensor (o el fiscal si el Estado cree que la fianza es demasiado baja) puede solicitar una apelación de la fianza y hacer que un juez del Tribunal Municipal revise el fallo de la fianza en caso de emergencia. base. El tribunal programaría una conferencia telefónica entre las partes para discutir cuál debería ser la fianza.

En segundo lugar, el fallo de un juez del Tribunal Municipal se puede apelar ante un juez de causas comunes presentando una moción de libertad bajo fianza. Luego, normalmente se necesitan una o dos semanas para tener una audiencia ante un juez de causas comunes.

Finalmente, si el acusado aún no está satisfecho con la sentencia de fianza después de que haya sido revisada por un juez de causas comunes, es posible presentar una petición de revisión especializada ante el Tribunal Superior de Pensilvania. Luego, el Tribunal Superior revisaría la decisión del tribunal de primera instancia sobre una moción de libertad bajo fianza o una moción del Commonwealth para revocar la fianza. En consecuencia, normalmente es posible que un tribunal superior revise la decisión sobre la libertad bajo fianza, especialmente cuando un acusado ha sido detenido sin derecho a fianza o se le ha impuesto una fianza extremadamente alta.

Podemos ayudar con las mociones de fianza en Filadelfia y los condados circundantes

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