Mencioné en un reciente Resumen de noticias que la Corte Suprema de los Estados Unidos concedió la revisión en Smith contra Arizona. El caso plantea una pregunta que ha estado persistiendo desde al menos 2012: ¿Permite la Cláusula de Confrontación la admisión de un testimonio sustituto de un analista forense? Este problema surge cuando se prepara un informe forense para su uso en un caso penal, pero el analista de pruebas no está disponible para el juicio. En lugar de admitir el informe a través del analista authentic, el Estado llama a un perito diferente—uno que no necesariamente participó en las pruebas originales—para ofrecer una opinión sobre la exactitud del informe. Carolina del Norte generalmente permite ese tipo de testimonios, pero existe una división entre las jurisdicciones sobre el tema. Herrero tiene el potencial de alterar el panorama authorized aquí y en otros lugares con respecto al uso del testimonio de analistas sustitutos, por lo que la publicación de hoy profundiza en las cuestiones legales y el impacto potencial del caso.
Fondo. Los informes forenses preparados en anticipación del procesamiento son testimoniales y están sujetos a la Cláusula de Confrontación. Meléndez-Díaz contra Massachusetts, 557 Estados Unidos 305 (2009). Un informe forense sujeto a la Cláusula de Confrontación no puede ser simplemente leído al jurado por un testigo sustituto. Bullcoming contra Nuevo México564 Estados Unidos 647 (2011); Estado contra Craven, 367 NC 51 (2013). Esto significa que la fiscalía debe presentar al analista de pruebas en el juicio para poder admitir un informe forense, sujeto a algunas excepciones importantes.
Una excepción común es la llamada “notificación y demanda”. Si la fiscalía notifica oportunamente por escrito su intención de admitir un informe forense sin el testimonio del analista, entonces el acusado debe exigir la asistencia del analista al juicio. Si el acusado no presenta una demanda escrita oportunamente, se considerará que ha renunciado a su derecho de confrontación y el informe forense podrá ser admitido en el juicio sin cualquier testigo. Carolina del Norte tiene una variedad de reglas de notificación y demanda para informes forenses y cadena de custodia. Ver, por ejemplo, GS 20-139.1 (c1) (análisis de sangre u orina en un caso de consentimiento implícito); GS 90-95(g) (informes de análisis de medicamentos); GS 8-58.20 (cualquier informe de laboratorio). Los procedimientos de notificación y demanda son generalmente constitucionales. Meléndez-Díaz en 314, n. 3.
La otra excepción común es el uso del testimonio de un analista sustituto. El analista “sustituto” revisa el trabajo del analista de pruebas, se forma una opinión independiente sobre los resultados y presenta esa opinión en el juicio en lugar del informe forense. El informe puede admitirse como fundamento del peritaje declarante o como prueba corroborativa, pero no como prueba de fondo (y puede no admitirse en absoluto). Esta práctica tiene apoyo en R. Evid. 703, que permite a un experto confiar en datos o hechos subyacentes para respaldar su opinión cuando los datos son de un tipo en el que otros expertos en el campo confían razonablemente, incluso cuando los datos subyacentes son inadmisibles.
Los tribunales de Carolina del Norte (y otros) permiten el testimonio de analistas sustitutos cuando se sientan las bases adecuadas. Estado contra Brewington, 367 NC 29 (2013). Como mínimo, esa base debe establecer que los expertos en el campo confiarían razonablemente en el informe y que el analista sustituto ha formulado una opinión independiente sobre el resultado. Estado contra Ortiz-Zape, 367 NC 1, 11-12 (2013). La mejor práctica para admitir el testimonio de un analista sustituto incluye “establecer el cumplimiento de . . . los procedimientos estándar del laboratorio, si el analista testificante observó o participó en las pruebas iniciales de laboratorio, qué análisis independiente realizó el analista testificante para llegar a su opinión y cualquier suposición en la que se base el testimonio del analista testificante”. Identificación. en el 13, n. 3.
Los tribunales en jurisdicciones como Carolina del Norte razonan que es la opinión del analista sustituto la que se ofrece contra el acusado y que el acusado puede contrainterrogarlo y confrontarlo. eso testigo. En palabras de la Corte Suprema de Carolina del Norte:
Cuando un perito da una opinión, es la opinión pericial en sí misma, y no su base fáctica subyacente, la que constituye prueba sustantiva. Por lo tanto, cuando un perito da su opinión, el perito es el testigo a quien el acusado tiene derecho a confrontar. . . En consecuencia, la admisión de la opinión independiente de un experto basada en hechos o datos de otro modo inadmisibles de un tipo en el que los expertos en el campo en explicit confían razonablemente no viola la Cláusula de Confrontación siempre que el acusado tenga la oportunidad de interrogar al experto. Ortiz-Zape a las 9.
Dicho de otra manera, sólo las declaraciones extrajudiciales ofrecidas sobre la verdad del asunto afirmado (declaraciones de oídas) implican la Cláusula de Confrontación. Dado que el informe forense se utiliza sólo como evidencia corroborativa o base de opinión (y no como prueba de veracidad), su uso en el juicio por parte del analista sustituto que testifica no viola la Cláusula de Confrontación.
Analistas sustitutos y la Corte Suprema de Estados Unidos. La Corte Suprema de los Estados Unidos nunca ha decidido directamente si esta práctica se ajusta a la Cláusula de Confrontación. Se retomó la cuestión en Williams contra Illinois, 567 US 50 (2012), pero no surgió ninguna orientación clara de esa decisión de pluralidad 4-4-1. El Tribunal finalmente confirmó la condena cuando un analista sustituto presentó una opinión sobre los resultados de un informe de ADN. Una pluralidad de cuatro jueces encontró que el informe subyacente no se utilizó para la verdad del asunto afirmado y no violaba la Cláusula de Confrontación. Un quinto juez coincidió únicamente en el resultado, pero rechazó la lógica de la “verdad del asunto” ofrecida por la pluralidad. Otros cuatro jueces discreparon y habrían sostenido que la admisión del informe de ADN por parte de un testigo que no participó en la prueba de la muestra (y que no estaba familiarizado con las políticas y procedimientos del laboratorio) violaba los derechos de confrontación del acusado. Ellos también rechazaron el fundamento de la “verdad del asunto” y habrían encontrado que el informe forense efectivamente se utilizó para la verdad del asunto que afirmaba. “Permitir la admisión de esta evidencia pondría fin a la Cláusula de Confrontación y convertiría en una parodia sus restricciones”. (williams en 128) (Kagan, J., disidente). Esto equivale a cinco votos en contra de la lógica que sustenta la justificación de la admisión del testimonio de un analista sustituto, a pesar de que el resultado confirmó la condena. (Mi colega Jessie Smith profundizó en williams aquísi estás interesado).
A raíz de williams muchos acusados, incluido el acusado en Ortiz-Zapesolicitó revisión ante la Corte Suprema de Estados Unidos. Ver, por ejemplo, Ortiz-Zape contra Carolina del Norte, 572 US 1134 (2014) (negando la revisión). Con varias peticiones sobre el tema ante sí, había grandes esperanzas en ese momento de que la Corte pronto revisaría el testimonio de analistas sustitutos y emitiría una decisión mayoritaria (como Jessie escribió en su weblog sobre aquí). La Corte nunca volvió a darle otra mordida. Pocos 11 años después, la Corte parece haber encontrado una vez más su apetito por el tema.
Smith contra Arizona. Smith fue condenado por delitos de drogas estatales, en parte basándose en el testimonio de un analista sustituto que identificó las drogas sospechosas como sustancias controladas. La defensa objetó por motivos de confrontación en el juicio, preservando la cuestión constitucional para apelación. El informe forense no fue admitido en el juicio, pero el perito que testificó hizo referencia al informe y lo recordó durante su testimonio. El tribunal de apelaciones del estado afirmó, señalando en parte williams y respaldar el argumento de la “base de opinión”. Herrero Sostiene que la base de la teoría de la opinión es errónea. El informe period se utiliza para la verdad del asunto afirmado, según el argumento, porque cualquier opinión ofrecida por el analista sustituto se basó en el informe subyacente, que necesariamente dependía de la veracidad del informe. De acuerdo con la Herrero petición, la Cláusula de Confrontación no podrá eludirse de esta manera. Puedes leer los alegatos del caso. aquí.
(Nota: Hay un tema separado pero relacionado en Herrero preguntando si la capacidad del acusado para citar al analista de pruebas puede satisfacer la Cláusula de Confrontación. Debido a que los tribunales de Carolina del Norte no se han basado en este argumento, no me centraré en él aquí, pero es otro aspecto interesante del caso).
Leyendo las hojas de té. Si una mayoría está de acuerdo con el williams pluralidad, pondrá fin a cualquier debate sobre analistas sustitutos: la práctica sería permisible como cuestión de la Sexta Enmienda cuando se cumplan los requisitos fundamentales. Si la opinión disidente de williams obtiene el apoyo mayoritario, la Corte podría tomar dos caminos. Una posibilidad es una regla clara que prohíba el testimonio de analistas sustitutos. Otra opción es un enfoque más matizado, donde la admisibilidad del testimonio de un analista sustituto depende de los detalles del caso. Por ejemplo, el Tribunal podría sostener que el testimonio del analista sustituto es permisible cuando el analista que testifica supervisó o participó en las pruebas y estaba familiarizado con las políticas, los procedimientos y los mecanismos de management de calidad del laboratorio, pero no es admisible cuando el analista sustituto carece de dicha participación y familiaridad. con procesos y procedimientos de laboratorio.
Los casos con cláusula de confrontación crean extraños compañeros de cama. La alineación en el williams la pluralidad incluía al presidente del Tribunal Supremo Roberts y a los jueces Alito, Kennedy y Breyer. Entre los disidentes se encontraban los jueces Scalia, Ginsburg, Kagan y Sotomayor. Al menos uno de los miembros más nuevos del tribunal ha indicado su desacuerdo con la teoría de la “base de opinión” en williams. Véase Stuart contra Alabama., 139 S. CT. 36 (2018) (Gorsuch, J., disidente de la denegación de revisión). El juez Thomas fue el único juez concurrente en williams, quien nuevamente rechazó el razonamiento de la mayoría pero habría fallado en contra del peticionario por otros motivos a los que ningún otro magistrado se sumó. Suponiendo que los jueces Thomas, Kagan, Sotomayor y Gorsuch todavía estén de acuerdo en que el testimonio de analistas sustitutos viola la Cláusula de Confrontación, sólo se necesitaría un voto adicional de los jueces más nuevos (los jueces Kavanaugh, Barrett o Brown-Jackson) para que la opinión mayoritaria cambie el estado. ley.
Consejos para defensores. En primer lugar, los defensores deben estar atentos para no renunciar inadvertidamente a los derechos de la Cláusula de Confrontación antes del juicio. Si el Estado entrega una notificación oportuna que cumple con los requisitos legales para el procedimiento de notificación y demanda correspondiente, el acusado debe presentar una demanda escrita oportuna para el testimonio del analista. De no hacerlo, se renuncia al derecho de confrontación y el Estado puede admitir el informe forense sin testigo alguno. Las diferencias entre todos los tipos de estatutos de notificación y demanda en Carolina del Norte están más allá del alcance de esta publicación, pero los defensores deben conocer y cumplir con los plazos para presentar una demanda bajo las diferentes leyes en respuesta a cualquier notificación del Estado. Recuerde también que los estatutos estatales sobre notificación y demanda exigen la entrega de una notificación por escrito y la presentación del informe pertinente dentro de un plazo determinado. Cuando el Estado no cumple con los plazos requeridos, los derechos de la cláusula de confrontación no se renuncian, independientemente de si el demandado presenta una demanda.
Mientras esperamos una decisión del Tribunal de Justicia Herrero, los defensores deberían considerar plantear impugnaciones constitucionales para sustituir el testimonio de los analistas. Objeto bajo la Cláusula de Confrontación de la Sexta Enmienda y la disposición comparable en el Artículo 1, Sec. 23 de la Constitución del Estado de Carolina del Norte. Indique los fundamentos constitucionales estatales y federales específicos de la objeción cada vez que se haga referencia a la opinión para garantizar su preservación para la revisión de apelación.
Los defensores también deben estar preparados para argumentar los requisitos fundamentales para la admisión de cualquier testimonio de un analista sustituto. Solicitud de voir dire del perito sustituto bajo R. Evid 702 y la Cláusula de Confrontación. Interrogue al testigo sobre su familiaridad y participación con las pruebas y el laboratorio (o la falta de ellos), junto con cualquier suposición subyacente necesaria para formular la opinión. Si al analista sustituto se le permite testificar a pesar de las objeciones, esas mismas preguntas fundamentales se le pueden hacer nuevamente al testigo frente al jurado para atacar el peso de la opinión del perito sustituto sobre el fondo.
Si tiene alguna pregunta o comentario, siempre me pueden contactar en dixon@sog.unc.edu.